Convención de Ginebra

La Convención de Ginebra relativa al trato debido a los prisioneros de guerra fue aprobada el 12 de agosto de 1949, en el marco de unos convenios destinados a proteger a las víctimas de los conflictos armados. Según el artículo 2 del texto, la Convención se aplicará "en caso de guerra declarada o de cualquier otro conflicto armado que surja entre dos o varias de las Altas Partes Contratantes, aunque una de ellas no haya reconocido el estado de guerra". Asimismo, tendrá vigencia "en todos los casos de ocupación total o parcial del territorio de una Alta Parte Contratante, aunque tal ocupación no encuentre resistencia militar". Según el artículo 4, son prisioneros de guerra, entre otros, los militares de las partes en conflicto, los miembros de las milicias y cuerpos de voluntarios que integren esas fuerzas armadas y los integrantes de otras milicias y otros cuerpos de voluntarios, siempre que estén al mando de un superior, lleven un distintivo reconocible a distancia,...

Este sitio web utiliza cookies, propias y de terceros con la finalidad de obtener información estadística en base a los datos de navegación. Si continúa navegando, se entiende que acepta su uso y en caso de no aceptar su instalación deberá visitar el apartado de información, donde le explicamos la forma de eliminarlas o rechazarlas.
Aceptar | Más información