Endoso
Acción y efecto de endosar una letra de cambio. Lo que para endosar una letra u otro documento a la orden se escribe en su respaldo o dorso. Cláusula accesoria por la que el acreedor de un cheque, vale o libranza, y especialmente de una letra de cambio, coloca en su lugar dentro del título a otro acreedor. El endoso implica la transmisión del título, pero sus efectos dependen del tipo de endoso. La clasificación fundamental es la que distingue entre endoso pleno y limitado. El endoso pleno transmite la propiedad de la letra; el endosante repite la orden de pago que hizo el librador y, como éste, se obliga subsidiariamente al pago de la letra. No es, pues, una cesión ordinaria de crédito, ni una sucesión de acreedores, sino un acto...
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