Regalía
Bienes y derechos privativos de la Corona. Especialmente en plural, privilegio que la Santa Sede concede a los reyes o soberanos en algún punto relativo a la disciplina de la Iglesia Católica. Historia Al lado del honor regalis, o dominios territoriales del rey, competían a la Corona ciertos iuro regalia, o derechos del rey, que eran inalienables. Por tradición romanovisigoda, se consideraban como regalías, o derechos exclusivos del rey, los bienes vacantes (bona vacantia), tierras yermas (eremum regis), aguas, fuentes, minas, salinas, caza, pesca, montes, prados y bosques. A ellos se añadieron más tarde algunas atribuciones públicas, como la acuñación de moneda, el derecho de hospedaje (cena o yantar), etc. Algunos de estos derechos eran cedidos en usufructo a la explotación privada mediante la percepción de un canon anual (derecho de uso de las corrientes fluviales para los molinos, etc.), o por una parte proporcional del producto (explotación de minas y salinas,...
Está viendo el 19% del contenido de este artículo.
Solicite el acceso a su biblioteca para poder consultar nuestros recursos electrónicos.
Ventajas de ser usuario registrado.
Acceso sin restricciones a todo el contenido de la obra.
Sólo información contrastada de prestigiosos sellos editoriales.
Contenidos de renombrados autores y actualizaciones diarias.
La nueva plataforma del Consorcio ofrece una experiencia de búsqueda de fácil manejo y de gran usabilidad. Contiene funciones únicas que permiten navegar y realizar consultas de manera ágil y dinámica.
Convenios especiales: Enseñanza Bibliotecas públicas