Tribunal eclesiástico

04/10/2022 2.710 Palabras

Características generales Según el can. 218, 1, del Código de Derecho Canónico (CIC), el Romano Pontífice tiene la suprema y plena potestad de jurisdicción en la Iglesia universal. En esta plenitud jurisdiccional se entiende comprendida la potestad judicial. Y dado que esta potestad, como enseña el can. 218, 2, es verdaderamente episcopal, ordinaria e inmediata, por razón del Primado del Romano Pontífice (can. 1.569, l), éste es para todo el orbe católico (can. 1.597) juez supremo y —se ha de añadir— inmediato.

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